TET deja sin efecto medidas cautelares contra consejeros del IEPCT y desecha impugnación de Morena contra el PRD

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TET deja sin efecto medidas cautelares contra consejeros del IEPCT

El Tribunal Electoral de Tabasco (TET) resolvió dos asuntos durante su Sesión Pública número 16, en la que determinó dejar sin efectos las medidas cautelares impuestas a cuatro consejeros del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Tabasco (IEPCT), además de declarar infundada una impugnación promovida por Morena contra el Partido de la Revolución Democrática (PRD).

Las resoluciones fueron emitidas por el Pleno del órgano jurisdiccional, presidido por la magistrada Enedina Juárez Gómez, como parte del análisis de controversias relacionadas con el ámbito electoral en la entidad.

Retira medidas cautelares a cuatro consejeros electorales

En el primer asunto, el TET determinó dejar sin efectos las medidas cautelares que habían sido dictadas contra cuatro integrantes del Consejo Estatal del IEPCT, a petición de la consejera presidenta, Elizabeth Nava Gutiérrez.

La solicitud se originó por presuntas acciones de obstaculización de sus funciones durante el proceso de designación del secretario ejecutivo del organismo electoral.

Sin embargo, las magistraturas consideraron que la controversia quedó sin materia luego de que se concretara el nombramiento correspondiente, lo que modificó las condiciones jurídicas del caso.

Al respecto, la magistrada presidenta Enedina Juárez Gómez explicó que se presentó un cambio en la situación jurídica, por lo que ya no existían motivos para mantener vigentes las medidas cautelares.

Tribunal desestima queja de Morena contra el PRD

En el segundo punto de la sesión, el Tribunal declaró infundada la impugnación presentada por Morena contra el PRD, en la que señalaba presuntos actos de calumnia e intromisión en su vida interna.

El partido guinda acusó al dirigente estatal del PRD, Rafael Acosta León, de haber difundido durante una entrevista radiofónica una supuesta lista de perfiles morenistas que buscarían participar en el proceso electoral de 2027.

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Tras revisar los argumentos y elementos presentados, el TET concluyó que no había pruebas suficientes para acreditar las infracciones denunciadas.

Además, determinó que las declaraciones señaladas se encuentran amparadas por el derecho a la libertad de expresión, por lo que tampoco se acreditó una vulneración a la autodeterminación y organización interna de Morena.

Con estas determinaciones, el órgano electoral resolvió ambos asuntos durante su decimosexta sesión pública.

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