Uso de cubrebocas en Tabasco será obligatorio en espacios cerrados
El uso de cubrebocas en Tabasco será obligatorio, ante el incremento en el número de contagios de Covid-19 durante las últimas semanas.
El gobernador Carlos Manuel Merino Campos emitió un nuevo decreto que ordena el uso obligatorio de mascarillas o cubrebocas en establecimientos cerrados. También en abiertos, pero va de acuerdo con el aforo del inmueble.
Hoy miércoles, el lineamiento fue publicado en el Periódico Oficial del Estado. Donde se dan a conocer medidas de protección a la salud. Dichas medidas deberán acatar las personas en espacios cerrados y públicos. Además de los establecimientos comerciales, con el fin de afrontar la quinta ola de la pandemia.
Lugares donde será obligatorio el uso de cubrebocas en Tabasco
A partir de hoy, el uso de cubrebocas en Tabasco será obligatorio en espacios cerrados y en abiertos, dependiendo del aforo.
“Sin perjuicio de las medidas generales y específicas de higiene y seguridad que, en su caso, determinen las autoridades sanitarias estatales conforme al comportamiento de la emergencia, a partir de este 6 de junio todos los establecimientos que permanezcan abiertos deberán instalar dispensadores de gel antibacterial en las entradas y salidas”, indica el documento.
El decreto, menciona que en los establecimientos, es obligatorio el uso de los cubrebocas o caretas para empleados y colaboradores. Deben colocar dispensadores con gel antibacterial al 70%, en entradas y salidas del inmueble. Desinfectar las superficies constantemente durante la jornada de trabajo. Mantener ventilado los espacios. Desinfectar los carritos o equipos que se utilizan para realizar las compras o prestar servicio. Realizar cobros, preferentemente mediante tarjetas, evitando en la medida de lo posible el uso de dinero en efectivo.
Se debe “supervisar que los empleados y colaboradores observen las medidas de higiene y seguridad; mantengan la higiene adecuada del entorno; y se evite a toda costa la aglomeración de personas”.
En los espacios públicos de alta afluencia o concentración de personas se debe garantizar el uso obligatorio de mascarillas cuando la afluencia sea de 300 personas o más. Así mismo, se deben mantener las medidas preventivas para evitar la propagación del virus SARS-CoV2.
En los establecimientos que se encuentren en espacios cerrados, las personas deben hacer uso obligatorio de cubrebocas o caretas; y en espacios abiertos cuando la afluencia de personas sea mayor a 300 individuos.
Uso obligatorio de mascarillas en transportes públicos
El decreto emitido este miércoles, indica que en el transporte público deberá reactivarse el uso obligatorio de mascarillas. La medida es tanto para usuarios como para choferes y prestadores del servicio.
También se le recomienda a la población mantener el lavado de manos con agua y jabón frecuente o el uso de aplicación de gel antibacterial; el uso del estornudo de etiqueta, y evitar escupir en el suelo.
Por último, el decreto ordenó a las Secretarías de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC) y de Movilidad; coadyuvar en la vigilancia del cumplimiento de las disposiciones antes mencionadas.
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